Niegan derecho a apelar a hombre cuya ejecución es inminente

La ejecución prevista mañana, sábado 9 de abril, de un hombre de 36 años condenado por delitos de drogas demuestra el total desprecio de las autoridades iraníes al derecho a la vida y su determinación de continuar con la alarmante oleada de ejecuciones que acabó con la vida de casi 1.000 personas el año pasado, ha declarado Amnistía Internacional.
La familia de Rashid Kouhi recibió ayer una llamada de las autoridades penitenciarias en la que se les informó de que debían acudir a la prisión de Lakan, en Rasht, provincia de Gilan, en el norte de Irán, para despedirse de él hoy, antes de su ejecución mañana.
“La ejecución inminente de Rashid Kouhi, días después de que se haya revelado que Irán fue el segundo país que más ejecuciones llevó a cabo en el mundo en 2015 según el informe anual de Amnistía Internacional sobre la pena de muerte, pone de relieve la determinación de las autoridades de mantener su terrible tasa de ejecuciones”, declaró Said Boumedouha, director adjunto para Oriente Medio y el Norte de África de Amnistía Internacional.
“Las autoridades iraníes deben paralizar inmediatamente la ejecución de Rashid Kouhi. El uso de la pena de muerte para delitos de drogas constituye una violación flagrante del derecho internacional de los derechos humanos. En lugar de intensificar su desenfrenada oleada de ejecuciones, las autoridades iraníes deben adoptar medidas para abolir este castigo cruel e inhumano por excelencia.”
Al menos 977 personas fueron ejecutadas en Irán en 2015, la inmensa mayoría por delitos de drogas. Estos delitos no cumplen el criterio de los “más graves delitos” (es decir, delitos de homicidio intencional), para los que, a juicio de los órganos internacionales de derechos humanos, está permitida la pena capital en virtud del derecho internacional.
Rashid Kouhi fue detenido en un puesto de control de Roudbar, en la provincia de Gilan, el 24 de agosto de 2011. Los agentes que le dieron el alto registraron su bolsa, donde encontraron 800 gramos de metanfetamina o "cristal". En ese momento Rashid era estudiante. Un Tribunal Revolucionario de Roudbar lo juzgó y lo condenó a muerte tras un juicio manifiestamente injusto en febrero de 2012.
La sentencia judicial, que ha examinado Amnistía Internacional, tiene menos de una página de extensión y no contiene suficientes razonamientos. Rashid no tuvo acceso a un abogado durante el interrogatorio y vio al letrado designado por el Estado por primera vez durante el juicio. Estuvo recluido en Roudbar dos años y luego lo trasladaron a la prisión de Lakan, en Rasht.
A Rashid Kouhi se le negó el derecho a apelar contra la condena a muerte porque, en virtud del artículo 32 de la Ley contra los Estupefacientes, toda condena a muerte impuesta por delitos de drogas debía ser confirmada por el presidente del Tribunal Supremo o por el fiscal general, que podían revisarla o anularla si consideraban que contravenía la ley islámica o que el juez no era competente.
Sin embargo, en junio de 2015 entró en vigor un nuevo Código de Procedimiento Penal que revocó este artículo y restableció el derecho de apelación de las personas condenadas a muerte por delitos de drogas. A pesar de esto, Amnistía Internacional tiene entendido que Rashid Kouhi no recibió la asistencia jurídica adecuada para presentar una solicitud de nuevo juicio (E’ade dadresi) ante el Tribunal Supremo iraní basada en este motivo. Las peticiones de indulto de Rashid Kouhi han sido denegadas.
“Es terrible que se haya negado a Rashid Kouhi el derecho a una apelación, que es un elemento fundamental del derecho a un juicio justo. Las autoridades iraníes deben paralizar urgentemente esta ejecución y darle la oportunidad de recurrir contra su condena a muerte en un juicio justo sin recurso a la pena capital. No hacerlo sería una injusticia irreversible”, concluyó Said Boumedouha.
Información complementaria
El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha establecido que las condenas a muerte impuestas tras unas actuaciones injustas vulneran tanto el derecho a la vida como la prohibición de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.
La Ley contra los Estupefacientes de Irán establece la condena a muerte preceptiva por varios delitos relacionados con las drogas, como el tráfico de más de 5 kilos de estupefacientes derivados del opio o más de 30 gramos de heroína, morfina, cocaína o derivados químicos de estas substancias.