La Corte debe revocar la decisión que limita la transparencia empresarial

Citando la Primera Enmienda, la Corte ha limitado la capacidad del gobierno para exigir información a las empresas y ha hecho caso omiso de los efectos positivos de la norma relativa a los minerales de zonas de conflicto
Amnistía Internacional ha pedido a una corte de Estados Unidos que reconsidere la decisión de proteger a algunas de las mayores empresas del mundo para que no tengan que contar a los consumidores que no han podido demostrar que sus productos no han servido para financiar a grupos armados que participan en el conflicto de la República Democrática del Congo (RPC) y los países vecinos. La sección 1502 de la Ley Dodd-Frank de Reforma de Wall Street y Protección al Consumidor, de 2010, prevé que las empresas informen públicamente de si sus productos contienen determinados minerales cuyo comercio fomenta la violencia en África central. La Comisión de Valores y Bolsa (SEC) de Estados Unidos aprobó una norma para aplicar la sección 1502. En virtud de esa norma, las empresas deben utilizar un lenguaje específico para describir sus productos si contienen esos minerales, indicando que "no se ha demostrado que sean ajenos al conflicto de la RDC". Amnistía Internacional ha elevado hoy una petición a la Corte de Apelaciones del Circuito del Distrito de Columbia de Estados Unidos para que reconsidere dos decisiones, de abril de 2014 y agosto de 2015, que anulan la obligación de desvelar dicha información por considerar que viola el derecho a la libertad de expresión que asiste a las empresas según la Primera Enmienda. Amnistía Internacional está representada por abogados de Public Citizen. "Las decisiones del tribunal hacen un embrollo con la Primera Enmienda en lo que respecta a la obligación de desvelar información comercial, y lo hacen en el circuito donde más impugnaciones de las leyes y reglamentos federales se presentan”, ha señalado Julie Murray, abogada principal de Public Citizen que se ocupa del caso. “La Corte en pleno debe anular estas decisiones indefendibles, que amenazan la capacidad del gobierno para obligar a desvelar datos a fin de informar a los inversores, promover los derechos humanos y mantener a los consumidores y trabajadores a salvo." “Han muerto cinco millones de personas debido al conflicto de la RDC. La obligación de desvelar información sobre los minerales de zonas de conflicto representa un innovador esfuerzo por romper un cordón que vincula vergonzosamente productos de consumo como los teléfonos inteligentes con la financiación de grupos armados responsables de terribles abusos contra los derechos humanos”, ha explicado Steven W. Hawkins, director ejecutivo de Amnistía Internacional Estados Unidos. “Los vínculos entre los grupos armados y los minerales son perfectamente conocidos, pero las empresas siguen escudándose en la Primera Enmienda para no tener que desvelar si sus productos contribuyen a mantener un conflicto constante y brutal." “En vez de permitir que los inversores y los consumidores sepan qué hay tras el logotipo de una empresa, la industria obra en beneficio propio para reducir o anular los avances en la rendición de cuentas. En vez de poner las ganancias por encima de las personas, los grupos industriales promotores de este pleito deben obrar con transparencia y escuchar a los numerosos consumidores que quieren saber que lo que compran son productos de origen ético." “La información es poder, pero con demasiada frecuencia trabajamos en casos en los que las empresas no desvelan la información necesaria para proteger los derechos humanos de las personas y las comunidades. La leyes como la norma sobre los minerales de zonas de conflicto son esenciales para abordar el desequilibrio de poder." Revés a la transparencia por medio de un pleito Tres grupos industriales –la Asociación Nacional de Fabricantes, la Cámara de Comercio de Estados Unidos y la Mesa Redonda Empresarial– llevaron a la SEC a los tribunales en 2012 para que anulara la norma sobre los minerales de conflicto. La norma obliga a determinadas empresas a investigar y desvelar públicamente si sus productos dependen de minerales de zonas de conflicto de la RDC o países adyacentes y si el comercio de esos minerales contribuye a financiar a los grupos armados que participan en el conflicto. En 2014, un tribunal del Circuito del Distrito de Columbia confirmó la norma sobre los minerales de zonas de conflicto frente a la mayoría de las impugnaciones, incluida una basada en el coste de la norma. Sin embargo, la corte de apelaciones anuló la parte de la ley que obliga a las empresas a utilizar un lenguaje específico para describir sus productos indicando que "no se ha demostrado que sean ajenos al conflicto de la RDC". En agosto de 2015, en una nueva vista, el tribunal declaró otra vez inconstitucional esta disposición en virtud de la Primera Enmienda, debido en parte a que cuestionó que la obligación de desvelar la información sobre los minerales de zonas de conflicto fuera efectiva. Amnistía Internacional Estados Unidos y Amnesty International Limited se personan en el pleito como terceros intervinientes en favor de la SEC y piden a la corte que permita que la norma sobre los minerales de zonas de conflicto se mantenga en su totalidad. La organización afirma también que en las decisiones del tribunal se ignora erróneamente el creciente número de datos que prueban que la norma sobre los minerales de zonas de conflicto está cumpliendo su objetivo: informar a los inversores y los consumidores de los materiales de los productos y reducir la financiación a los grupos armados de la RDC y los países vecinos. Con más de 1.200 empresas que presentaron informes sobre los minerales de zonas de conflicto en junio de 2015, la norma ha hecho posible una transparencia sin precedente en las cadenas de suministro de minerales. Las decisiones del tribunal sientan además un mal precedente, en el sentido de que los derechos de las empresas según la Primera Enmienda pueden limitar la revelación por sentido común de información con objeto de promover los derechos humanos en el mundo.